El Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia (Decreto Foral sobre ayudas económicas 229/2004 de 9 de diciembre), mantiene dos tipos de prestaciones "(ayudas" según su terminolgía) destinadas a favorecer y apoyar el acogimiento familiar de menores.
"Ayudas" económicas a familias de acogida ajenas y extensas (nosotros estamos reclamando que cambien este concepto por el más legal y coherente de "compensaciones de gastos":
A partir de enero de 2006 (para el caso más habitual de un sólo menor) se entregan mensualmente 275 € por menor acogido y 382 € en caso de menores con discapacidad o necesidades especiales.
Ortopedias, ortodoncias, tratamientos médicos necesarios no cubiertos por Osakidetza, atención psicológica, logopedia, apoyo escolar en algunos casos,...
Con 2 limitaciones:
La familia acogedora solicita la cobertura de algo que estima necesario para el menor y que supone un gasto. La Diputación ostenta la tutela o la guarda legal del menor y el Servicio de Infancia debe estar de acuerdo con esa estimación. Casi siempre es así, pero a veces no.
El mismo Decreto Foral que establece las ayudas menciona como posible límite "las disponibilidades presupuestarias", es decir, que si "queda" presupuesto hay "ayuda" y si se ha acabado, no. En cualquier caso, según nuestras noticias, estos últimos años los presupuestos para este tipo de necesidades han sido suficientes.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE APOYOS ECONÓMICOS
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Se ocupan de los aspectos más legales-formales del acogimiento:
Formalización del acogimiento, relaciones de la Diputación (como entidad que ostenta la guarda o la tutela) con las familia de origen y de acogida, representación de los intereses del menor ante instancias judiciales (regímenes de visitas, posibles retornos,...).
Información a los acogedores sobre tramitación de "ayudas", documentación del menor,...
Se ocupa (además de la promoción y captación de familias acogedoras) de
- Valoración y preparación (formación) de familias de acogida.
- Seguimiento a familias en situación de espera o aplazamiento.
- Apoyo en la asignación de Familia Acogedora-Menor.
- Valoración de menores y familias de origen en Acogimientos de Urgencia.
- Apoyo integral al proceso de acogimiento.
- Preparación y apoyo en proceso de acoplamiento.
- Apoyo a las familias de acogida.
- Apoyo a los menores acogidos.
- Supervisión de visitas.
- Intervención familiar con familias de origen.
- Intervención y apoyo en casos con previsión de retorno.
- Intervención en casos sin previsión de retorno.
- Apoyo psicológico.
- Atención a situaciones de Emergencia.
- Coordinación con red de recursos del sistema de protección.
El Departamento de Acción Social mentiene otros programas (P.I.F, S.E.I.P, E.N.C.Y.T, Punto de encuentro,...) de los que, cuando es necesario, el acogimiento "se beneficia" para mediación entre familiares en conflicto, traslado de los menores cuando resulta necesario,...